"Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona."
¿Es un estracto del discurso del Sheriff de Nottingham, aliado de Juan sin Tierra, hermano de Ricardo Corazon de Leon, para hacer frente a Robin Hood y sus secuaces del bosque de Sherwood?.
¿O quiza una peli basada en una novela de Mark Twain, tipo Ivanhoe?. ¿Quiza, algo mas cercano, algunas de las leyes absolutistas francesas que echo abajo la revolucion francesa?. ¿Y si es actual, sera la condena que le puede caer a algun incauto deslenguado en dictaduras monarquicas como Marruecos o Arabia Saudi?.
NO, es la ley española del siglo XXI. Para ser mas concretos el articulo 491.2 del Codigo Penal. Eso si, en aplicacion restringida. Si es Egin o Otegi nadie se altera y se lleva hasta el final, si es el Jueves, nos llevamos las manos a la cabeza y decimos lo atrasados que estamos, y si es Jimenez Losantos, lo dejamos pasar por libertad de expresion.
Salud.
sábado, julio 21, 2007
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5 comentarios:
Sí, de hecho, nuestro código penal debe de ser un éxito como vodevil en alguna cultura alienígena...
Por no hablar de la gilipollez de los 2500 € por hijo... tema para varios posts...
JODER ACIDO... cuando te toque verás lo bien q te vienen. Por cierto VOY A SER OTRA VEZ MAMÁ y a mí los 2500 (si todo va bien) me parecen cojopendos
Mola ese neologismo. Me lo apunto!!
Luego dices de mí... 15 días sin nuevo post ;<
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